Bogotá D.C., 16 de agosto de 2019
Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.
Ref.: Solicitud de Acción Urgente por las violaciones sistemáticas al pueblo indígena Siona, específicamente del resguardo de Buenavista, departamento del Putumayo.
Cordial saludo,
Por medio del presente escrito y atendiendo a las graves violaciones que ha sufrido el pueblo Siona del departamento del Putumayo, este despacho emite una solicitud de ACCIÓN URGENTE por los variados hechos que se han
presentado dentro y fuera del territorio de esta comunidad, específicamente del Resguado de Buenavista, departamento del Putumayo por cuenta de la presencia de diferentes actores armados –tanto legales como ilegales- que hacen presencia en el lugar.
De acuerdo con los múltiples documentos que llegan a este despacho, se sabe que 33 militares pertenecientes a la brigada 27 violaron la Soberanía del Resguardo Indígena de Buenavista, ubicado en el departamento del Putumayo, razón por la cual fue necesaria la acción de la Guardia Indígena para lograr que los uniformados se replieguen.
Adicionalmente, cuando la Guardia realizaba el control de soberanía, los militares, de forma irónica, manifestaron que su vestimenta era similar a los uniformes de la brigada 48 de las FARC, hecho que muestra la estigmatización que vive nuestra población.
Según diferentes testimonios que brindaron miembros de la guardia indígena, hay constancia de la renuencia de varios soldados cuando se solicitó la salida del lugar, adicionalmente, en los diferentes registros fotográficos quedó consignado tal hecho, al igual que lo contenido en párrafos anteriores. Estos hechos suponen una pronta acción de las autoridades, al igual que un control efectivo de las diferentes operaciones que realiza la fuerza pública, pues estas representan un peligro para la comunidad.
Estos hechos indican la grave situación en la que se encuentran las comunidades indígenas del departamento del Putumayo, pues constantemente son flancos de violaciones a sus derechos, esto sin que haya una respuesta efectiva por parte del Estado. Así, la sumatoria de estos hechos refleja la necesidad imperante tomar medidas urgentes que contribuyan con la cesación de estos hechos que dañan el tejido social de nuestras comunidades, vulneran bienes jurídicos de extrema relevancia y evitan que podamos ejercer nuestros derechos de forma libre y sin restricción, como lo establece la Carta Política de 1991.
Por lo antedicho, y viendo la gravedad de las violaciones sistemáticas de las que ha sido víctima la población indígena Siona, esta Comisión EMITE LA SOLICITUD DE ACCIÓN URGENTE; asimismo, hacemos un llamado a las
instituciones nacionales e internacionales protectoras de derechos humanos para que vinculen estos hechos a sus informes, y exhortamos al Estado para que por medio de su institucionalidad asuma responsabilidades que permitan cesar estos hechos, especialmente:
1. A la Defensoría del Pueblo, y al Dr. FERNANDO CARRILLO, Procurador General de la Nación, para que, conforme a sus funciones misionales y legales, realicen seguimiento a los hechos y se decreten las garantías y sanciones necesarias.
2. A la personería municipal del municipio de Puerto Asís, para que verifique los hechos descritos, y desde su competencia se decreten las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a las comunidades indígenas del departamento.
3. Al ministerio de Defensa para que verifique el actuar de funcionarios públicos y como encargado de revisar el actuar del Ejército Nacional motive la investigación disciplinaria correspondiente y se decreten las sanciones a las que haya lugar.
4. A las Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para que, en el marco de su mandato, se desarrollen las actuaciones que correspondan, previniendo que nuevas actuaciones desemboquen en más afectaciones a los derechos de los integrantes de la comunidad indígena.
5. A las organizaciones de la sociedad civil solidarias con los Pueblos Indígenas, para que en el marco de sus funciones misionales incluyan estos casos en sus informes anuales y emitan pronunciamientos de respaldo a la comunidad indígena que se moviliza para la defensa de sus derechos.
6. Solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPI, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
7. Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes elevadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.
Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:
- Registro fotográfico y de video de los hechos ocurridos.
- Audio donde se indican particularidades de lo sucedido.
- Denuncia en redes sociales emitida por el Resguardo Indígena
Buenavista:
https://twitter.com/PuebloZiobain/status/1162459605601017857?s=19
Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación llamada la Comisión en observancia del estatus que ostenta su creación por decreto; además, quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta de las medidas urgentes tramitadas en réplica a las solicitudes relacionadas previamente.
Fraternalmente,
SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPI
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Acción Urgente comunidad Siona – Buenavista (1)